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Los riders se consideran asalariados, según la nueva ley

La ley de riders llevaba casi 5 meses sobre la mesa de negociación. Por fin, uno de los puntales de la reforma laboral consigue el acuerdo de todos los agentes sociales. Tanto sindicatos como patronal han visto con buenos ojos la última propuesta del Gobierno. Te contamos en qué consiste y cómo afecta a las condiciones de quienes trabajan para una plataforma de reparto.

Al tiempo de expandirse, la economía de plataformas se colocó en el punto de mira como una nueva manera de introducir precariedad en el mercado laboral. Bajo la apariencia de ganar un dinero extra de un modo informal y que se adapta a tu vida, este medio de contratación de servicios ha conseguido convertirse en una máquina de generar falsos autónomos. Esto ha llevado a las autoridades a tomar cartas en el asunto.
La publicación de los algoritmos ¿por qué es importante para los riders?
La publicación de algoritmos constituye el primer apartado de esta brevísima ley. Las empresas tendrán que contar a los representantes de la plantilla qué algoritmos e inteligencia artificial está implicada en que se asigne un reparto o no.
La cuestión es que la selección “imparcial” (porque la hace una máquina) de perfiles y la asignación de tareas tiene mucho más sesgo del que parecía en un principio. Solo con la práctica ha podido evidenciarse los abusos que se comenten con cierto tipo de programaciones. Por ejemplo, imaginemos que el algoritmo premia la disponibilidad en horas punta. Si esas horas punta son las 7 o las 8 de la tarde, cuando la gente regresa a su casa a descansar, y tú estás jugando con tu hija y no estás disponible, el algoritmo te penaliza. Igual a las horas de comer, cuando lógicamente todo el mundo hace pedidos de comida. Eso puede durar de las 13 a las 16 horas. Si estás disponible porque sabes que conseguirás más encargos, ¿cuándo comes tú?
Esta es una forma clara de marcar un horario, y solo te puede marcar un horario diario un acuerdo laboral. Es decir, un contrato. De modo que estar sujeto a un horario es una de las cuestiones por las que los riders son en realidad asalariados.

Dentro de las economías de plataformas, es posible ofrecer un trabajo decente, tal como apunta la Organización Internacional del Trabajo, pero para hacerlo han de considerarse cuestiones esenciales como la publicación de algoritmos.
La aplicación de esta normativa tendrá un periodo de adaptación de tres meses. En ese tiempo, plataformas como Deliveroo, Glovo, Ubereats o Amazon Flex han de adaptarse para cumplir con las condiciones que se exigen.
Asalariados y no falsos autónomos
Este es el segundo punto de la ley de riders. Desde hace tres años, las plataformas de reparto han sido llevadas a los tribunales por contratar a falsos autónomos. Sentencias contra empresas como Deliveroo, Glovo o Ubereats han allanado el camino para mejorar las condiciones de estos repartidores, en realidad asalariados, mediante una reforma legislativa.
La ley presume que la actividad se encuadra en el ámbito del “reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía”. Es decir, otro tipo de plataformas que también emplean algoritmos perniciosos quedan fuera del alcance de esta normativa. Este ha sido uno de los grandes desacuerdos entre sindicatos y patronal. Los primeros abogaban por la extensión a plataformas que ofrecen otro tipo de servicios, como el cuidado de personas o labores de mantenimiento o reparación. Sin embargo, la CEOE solo ha querido aceptar el acuerdo con la condición de que se restrinja a los repartidores.
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