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Si no quiero renovar contrato, ¿qué derechos tengo?

Aunque no son tiempos en los que marcharse del trabajo sea lo habitual nunca se sabe cuándo puede llegar una oportunidad de mejorar. Puede que te estés planteando no renovar tu contrato por múltiples razones. Entre ellas, tener una mejor oferta de empleo, iniciar un proyecto personal o escapar de un mal ambiente de trabajo. ¿Qué derechos te protegen en caso de que seas tú quien termina con la relación laboral?

Imprescindible dar un preaviso
En primer lugar, es importante señalar la importancia de avisar de tu marcha. El daño en la organización que produce la salida de un trabajador es considerable y, que la empresa pueda tener unos días para reaccionar y reorganizarse es importante.
El Estatuto de los Trabajadores obliga a que el trabajador notifique con antelación su baja voluntaria según venga indicado en el convenio colectivo o a la costumbre del lugar. En el caso de los contratos temporales que duren más de un año se debe preavisar con al menos 15 días antes del fin de la relación laboral.
Todo el mundo tiene derecho a finiquito
El finiquito, o documento de liquidación, es la última nómina. Esa en la que se calcula la parte proporcional del salario de los últimos días y se pagan las vacaciones no disfrutadas, así como las pagas extras correspondientes dependiendo de si se devengan semestralmente o anualmente.
Por lo tanto, todo el mundo tiene derecho a finiquito independientemente de las causas de la finalización del contrato.
…pero no todos tienen derecho a indemnización
Sin embargo, el derecho a cobrar una indemnización no se aplica a cualquier situación de pérdida de empleo. El objeto de la indemnización es compensar la pérdida del puesto de trabajo, pero en el caso de que no seas responsable de ello. Si tú te vas de la empresa se entiende que has perdido tu puesto de forma voluntaria y, por lo tanto, no se trata de reparar esa pérdida.
Aunque sí hay determinados supuestos en los que, quien abandona el puesto, puede percibir una indemnización. Son los casos en los que la empresa cambia sustancialmente las condiciones de trabajo y éstas no se ajustan a razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Entonces, un trabajador puede abandonar voluntariamente la empresa y tener derecho a una indemnización.
También en caso de traslado. Podrás solicitar el fin del contrato de trabajo porque no quieres moverte a donde te propone la empresa. En este caso podrás percibir una indemnización de veinte días de salario por año trabajado hasta un máximo de doce mensualidades.
También si no te están pagando tu sueldo o lo hacen con retraso recurrentemente. Las cantidades que te tendrían que abonar en concepto de indemnización si te vieras obligado a abandonar tu puesto de trabajo por este motivo son las mismas que si se tratara de un despido improcedente (treinta y tres días por año trabajado de un máximo de veinticuatro mensualidades).

¿Tengo derecho a paro si me he dado de baja voluntaria?
La razón por la que se otorga una prestación por desempleo es para tratar de mitigar el impacto sobre los recursos para sostenerse que la pérdida de trabajo puede ocasionar. Por lo tanto, uno de los requisitos principales para recibirla es haber perdido de forma involuntaria el trabajo y, por lo tanto, encontrarte en una situación legal de desempleo. Una baja voluntaria no se considera situación legal de desempleo, por lo que no se tiene derecho a paro.
Tampoco en el caso de que hayas abandonado un puesto de trabajo para incorporarte a otro. En el caso de que en el segundo trabajo no superes el periodo de prueba y lo perdieras tampoco tendrías derecho a la prestación por desempleo. Para acceder a la prestación tendrías que estar, al menos, tres meses en el nuevo empleo.
De todas formas, el SEPE considera que estos casos deben tratarse particularmente y no aplicarían esta norma de forma estricta, si no que valorarían cada caso.
Pero también podría producirse una solicitud de fin de contrato por tu parte porque la empresa te propone un traslado y no te interesa aceptarlo. En este caso, sí se considera que estás en situación legal de desempleo, el principal requisito para el cobro de prestación.
Otro de los motivos para que se considera que te encuentras en una situación legal de desempleo es tener que abandonar el puesto de trabajo por ser víctima de violencia de género. En este caso tendrías derecho a la prestación si te vieras obligada a dejar tu trabajo por este motivo.
Comunícalo en positivo y dejando la puerta abierta
En cualquier caso, avisar de que te vas es importante. Hazlo siempre por escrito y pon la fecha concreta de tu último día. Intenta explicar los motivos en positivo (no es necesario que te extiendas mucho). Hablar de la oportunidad de enfrentarte a otros retos profesionales, la motivación por hacer realidad un sueño a través de una iniciativa de emprendimiento o el querer tener una experiencia internacional pueden ser razones adecuadas para exponer en una carta de baja voluntaria.
Aunque los motivos no sean tan sublimes, no dejes que el rencor quede por escrito. Al fin y al cabo, te marchas y no sabes si volverás a encontrarte con alguna de esas personas en tu vida profesional. Evita que quede un mal recuerdo, y menos, por escrito.
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